Modelo 111 Retenciones del IRPF
Si tienes trabajadores o en las facturas recibidas de profesionales has practicado retenciones, tienes la obligación de presentar el Modelo 111 Retenciones del IRPF.
En este tutorial te guiaremos, paso a paso, para que puedas rellenar y presentar el Modelo 111 de Retenciones de rendimientos del trabajo y actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales.
- ¿Qué es el Modelo 111?
- Obligados a presentar el Modelo 111
- Plazos de presentación del Modelo 111
- Como se presenta el Modelo 111
- Donde obtener el formulario del Modelo 111
- Datos necesarios para rellenar el Modelo 111
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Instrucciones para rellenar el Modelo 111 Retenciones del IRPF
- Datos identificativos y Devengo
- Liquidación
- I.- Rendimientos del Trabajo
- II.- Rendimientos de actividades económicas
- III.- Premios por participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.
- IV.- Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos.
- V.- Contraprestaciones por cesión de derechos de imagen.
- Total liquidación
- Declaración complementaria
¿Qué es el Modelo 111?
El Modelo 111 es la autoliquidación que las empresas, empresarios y profesionales tienen que presentar, en la Agencia Tributaria, si han practicados retenciones a sus trabajadores, a otros empresarios o profesionales. Mediante este modelo se ingresan las cantidades retenidas.
Obligados a presentar el Modelo 111
Están obligados a presentar el modelo 111 todas las empresas, profesionales o empresarios individuales que hayan practicado retenciones conforme con el articulo 74 del Reglamento de Impuesto, por ejemplo:
- Los rendimientos del trabajo, nóminas y finiquitos de los trabajadores.
- Rendimientos de actividades económicas.
- Actividades profesionales, agrícolas y ganaderas.
- Actividades forestales.
- Actividades empresariales en estimación objetiva.
- Rendimiento de la propiedad intelectual e industrial, derechos de imagen.
- Premios por participación en juegos, concursos y rifas.
Plazos de presentación del Modelo 111
La mayoría de los obligados a presentar el modelo 111, deben realizar las declaraciones trimestralmente, por lo que deben presentarlas dentro de los 20 días siguientes a la finalización del trimestre natural:
- Primer trimestre, desde el 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre, desde el 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre, desde el 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre, desde el 1 al 20 de enero.
Las grandes empresas (empresas cuya cifra de negocios sea superior a 6 millones de euros) deben presentarlas mensuales durante los primeros 30 días de mes siguiente al periodo mensual al que corresponda la autoliquidación. Por ejemplo, la del mes de marzo antes del 30 de abril.
Cuando el último día de presentación coincida con un día inhábil, es decir, que sea fiesta, sábado o domingo, el plazo para la presentación se trasladara al siguiente día hábil.
Como se presenta el Modelo 111
El modelo 111 se puede presentar tanto en papel como telemáticamente por internet.
Las empresas solo pueden presentar el modelo 111 telemáticamente por internet, haciendo uso del certificado electrónico.
Las personas físicas, profesionales y autónomos, también pueden presentarlo en papel, en su entidad bancaria, si la declaración es a ingresar y en las oficinas de Hacienda o por correo, si la declaración es con cuota cero.
Donde obtener el formulario del Modelo 111
El formulario de presentación del Modelo 111, para las dos formas de presentación, se obtiene en la página web de la Agencia Tributaria.
Antes de su presentación deberás rellenarlo primero para calcular el importe a ingresar y comprobar que no existen errores.
Para ir a la página de tramites del Modelo 111, puedes utilizar este enlace Modelo 111 Retenciones del IRPF.
Datos necesarios para rellenar el Modelo 111
Necesitas tener todos los datos de las retenciones practicadas en el periodo a que se refiere la declaración a presentar, número de perceptores, importe de las percepciones y las retenciones practicadas.
Instrucciones para rellenar el Modelo 111 Retenciones del IRPF
Una vez seleccionado el modelo aparecerá los campos de la declaración.
Datos identificativos y Devengo
Datos identificativos.- Introduzca el N.I.F. del declarante, los apellidos y nombre, si el declarante es una persona física, autónomo o empresario individual o la razón social, si el declarante es una persona jurídica, empresa, comunidad de bienes, asociación, etc.
Devengo.- En el apartado de Devengo, se indicará el año y el periodo de la autoliquidación:
- Ejercicio, reflejar el año con 4 cifras, por ejemplo 2021.
- Periodo, dependerá si la autoliquidación es trimestral o mensual.
Para autoliquidaciones trimestrales debe consignar: 1T, para el primer trimestre. 2T, para el segundo trimestre. 3T, para el tercer trimestre y 4T, para el cuarto trimestre.
Para autoliquidaciones mensuales, consigne 01 para enero, 02 para febrero, 03 para marzo, 04 para abril, etc.
Liquidación
En este apartado reflejaremos los importes satisfechos y las retenciones practicadas.
Todos los datos consignados en este apartado serán los referidos al periodo de la autoliquidación, ya sea trimestral o mensual.
I.- Rendimientos del Trabajo
Casilla 01 – Número de perceptores. – Número total de personas a las que se le hayan satisfecho retribuciones o contraprestaciones dinerarias, en concepto de rendimientos del trabajo, nóminas y liquidaciones y, que estén sujeta a retención.
Casilla 02 – Importe de las percepciones. – Suma total de las retribuciones dinerarias sujetas a retención.
Casilla 03 – Importe de las retenciones. – Importe total de las retenciones practicadas, satisfechas por el declarante, en concepto de rendimientos del trabajo.
En las Casillas 04, 05 y 06, se consignarán los mismos datos de las tres casillas anteriores pero referidas a las retribuciones en especies sujetas a retención.
II.- Rendimientos de actividades económicas
Casilla 07 – Número de perceptores. – Número total de personas a las que se le hayan satisfecho retribuciones o contraprestaciones dinerarias en concepto de rendimientos de la actividad económica y, que estén sujeta a retención.
Casilla 08 – Importe de las percepciones. – Suma total de las retribuciones dinerarias sujetas a retención pagadas en concepto de actividades económicas.
Casilla 09 – Importe de las retenciones. – Importe total de las retenciones, practicadas en las retribuciones dinerarias, en concepto de rendimientos de actividades económicas.
En las Casillas 10, 11 y 12, se consignarán los mismos datos de las tres casillas anteriores pero referidas a las retribuciones o contraprestaciones en especies sujetas a retención.
III.- Premios por participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.
IV.- Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos.
En este epígrafe se reflejan las percepciones satisfechas por el declarante a los vecinos por el aprovechamiento forestal en montes públicos.
Las percepciones dinerarias se consignan en las casillas 19, 20 y 21 y en las casillas 22, 23 y 24 las correspondientes a las percepciones en especies.
V.- Contraprestaciones por cesión de derechos de imagen.
Las contraprestaciones, dinerarias o en especies por cesión de derechos de imagen, se consignan en las casillas 25, 26 y 27.
Total liquidación
Casilla 28 – Esta casilla es el resultado de sumar las retenciones e ingresos a cuenta reflejados en los apartados anteriores. (Suma de las casillas, 3, 6, 9, 12, 15, 18, 21, 24 y 27).
Casilla 29 – Esta casilla solo se utiliza si la autoliquidación es complementaria, se reflejará el importe de la autoliquidación anterior presentada por este mismo periodo y ejercicio.
Casilla 30 – El importe de esta casilla es el resultado de restar el importe de la casilla 28 y el importe consignado en la casilla 29. En el caso de autoliquidación complementaria, dicho resultado debe ser siempre una cantidad positiva.
Declaración complementaria
Marcaremos esta casilla solo si la autoliquidación es complementaria de otra liquidación presentada con anterioridad y que corresponde con el mismo periodo y ejercicio.
En este caso hay que reflejar también el número de justificante de la anterior autoliquidación (número de 13 dígitos).
Solo se presentará autoliquidación complementaria si el resultado es a ingresar, cunado se realicen para regularizar errores u omisiones de otra autoliquidación presentada con anterioridad con un resultado inferior al debido.
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muy buen trabajo, tenia que presentarar una liquidación complementaria y con tu ayuda la he presentado sin problemas. Gracias